Técnicos cualificados
INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS IEE
Somo profesionales cualificados colegiados
Certificados e informes realizados desde el año 2000
Experiencia
Más de 15 años realizando informes y certificados oficiales
Rapidez
Realizamos todos los tramites con la administración en 24h
Oficialidad
Contamos con Ingenieros y Arquitectos cualificados
Certificado oficial
¿Que es un informe de Evaluación de Edificio ?
El informe de evaluación de edificios es un instrumento que acredita la situación en la que se encuentra un edificio en relación con su estado de conservación, con las condiciones de accesibilidad e informa sobre la certificación de la eficiencia energética.
El IAE permite un conocimiento detallado sobre el estado de conservación de los edificios de uso residencial colectivo, sus condiciones de accesibilidad universal y su eficiencia energética.
Experiencia y trayectoria probada
Más de 15 años en el sector evidencian un profundo conocimiento y habilidad para manejar diversas situaciones y normativas en eficiencia energética.
Actualización y adaptación a normativas
Nuestros técnicos se mantienen al día con las últimas normativas y tecnologías, asegurando que los certificados cumplen con todos los requisitos legales actuales.
Servicio integral y personalizado
Ofrecemos un servicio de asesoramiento personalizado y soluciones para mejorar la eficiencia energética, proporcionando un valor añadido significativo a nuestros clientes.
Amplio portfolio de certificados
Un amplio portafolio con casos de éxito, en diversos tipos de inmuebles, refleja la confianza de nuestros clientes en nuestros técnicos.
¿como trabajamos?
¿Quienes están obligados a presentar el IEE ?
El propietario del bien inmueble, tiene la obligación de dar a los compradores o arrendatarios la certificación energética
COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DE EDIFICIOS, DE USO RESIDENCIAL DE MÁS DE 50 AÑOS
PERSONAS PROPIETARIAS DE EDIFICIOS DE USO RESIDENCIAL DE MÁS DE 50 AÑOS
OTRO TIPO DE INMUEBLES, CON USO MENOR DE 50 AÑOS, SEGÚN LO QUE INDIQUE CADA AYUNTAMIENTO
LOS AYUNTAMIENTOS QUE ASÍ LO CONSIDEREN, ESTABLECIENDO UN CALENDARIO PARA LA PREENTACIÓN DEL IEE
¿Que se evalua en el edificio con la IEE?
1. A los efectos de evaluar el estado de conservación de los edificios, el informe deberá comprobar, al menos, que:
Se cumplen las siguientes condiciones básicas de construcción:
a) Seguridad estructural, examinando que no se produzcan daños en el edificio, ni en ninguna de sus partes su origen o afectar a los cimientos, soportes, vigas, losas, muros de carga u otros elementos
estructurales, y que comprometen directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
b) Seguridad y estabilidad de sus elementos constructivos, tales como chimeneas, barandillas, falsos techos, cornisas, revestimientos y elementos ornamentales o de acabado, etc.
c) Permeabilidad al agua de la envolvente del edificio, analizando las filtraciones a través del suelo, muros, fachadas o cubierta, en particular si afectan al uso eficaz y adecuado del edificio o pueden provocar una falta de seguridad como se describe en las dos primeras secciones.
d) Estado de las redes generales de electricidad, gas, fontanería y saneamiento, que podrá justificarse mediante certificados o boletines que acrediten los resultados de sus perspicaces revisiones periódicas y corroboren su seguridad de las instalaciones.
e) Estado general de los elementos comunes y cumplimiento de las medidas de protección contra incendios en aplicación denormativa aplicable en función de la licencia concedida, así como las normas de seguridad, salud, accesibilidad y decoración legalmente exigidas, con especial atención a las condiciones de ventilación y evacuación de humos y gases y a las instalaciones electricidad y calefacción.
2. El cumplimiento de las condiciones básicas establecidas en los puntos anteriores supondrá que el edificio reúne las condiciones de uso efectivo y adecuado requeridas a los efectos de esta inspección técnica.
3. El informe de evaluación analizará las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y uso de los edificios, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si las el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlos.
4. En el caso de edificios con tipología residencial de vivienda colectiva, el informe de evaluación incorporará también una certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para ello por la normativa vigente y con independencia de su venta o alquiler, total o parcial.
Certificado energético
Certificado de baja tensión
Informe de evaluación de edificios IEE
Certificado de superficies
Certificado de habitabilidad
Certificado de solidez y seguridad
Nuestro equipo multidisciplinar, formado por Ingenieros y Aquitectos, le asesorará en todo momento. .
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